T5 Ep. 22 - Agenda 13.1 | Proyecto de reforma al Poder Judicial

  • hace 3 meses
La elección por voto popular de más de mil 600 ministraturas, magistraturas, juezas y jueces en una elección extraordinaria en 2025, reducción de su tiempo en el cargo y de su salario, la creación de un tribunal de disciplina judicial que sustituya al Consejo de la Judicatura Federal, son algunas de las claves del proyecto de reforma al Poder Judicial de la Federación propuesto por el presidente Andrés Manuel López Obrador y que respalda su sucesora Claudia Sheinbaum ¿Cuáles son los fundamentos, los alcances y las consecuencias de este proyecto contemplado en llamado “Plan C”?

SÚMAte a un espacio de análisis certero y plural donde abordaremos el tema: Proyecto de reforma al Poder Judicial

Panelistas:
Dip. Hamlet García Almaguer, diputado federal de Morena y secretario de la comisión de justicia de San Lázaro
Mtro. Alejandro Pacheco Gómez, profesor del área académica de derecho de la UAEH

Conduce
️ Mtro. Abel Luis Roque

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Noticias
Transcripción
00:00una producción de Suma TV.
00:30¿Qué tal? Muy buenas noches,
00:39sean bienvenidos a Agenda 13.1,
00:42este programa de análisis de la
00:44Agenda Pública Estatal Nacional
00:46e Internacional que es un esfuerzo
00:49que realiza el sistema
00:50universitario de medios autónomos
00:52con la finalidad de generar
00:54hacia nuestras audiencias la
00:56posibilidad de conocer temas que
00:58son de relevancia social,
01:00política y en el cual debemos
01:02estar informados para poder
01:04tomar decisiones de lo que nos
01:06compete a las y a los ciudadanos.
01:09Yo soy Abel Roque López,
01:10les damos la cordial bienvenida
01:13a Agenda 13.1 y en este
01:16programa vamos a abordar un tema
01:18que es sustantivo dentro de la
01:20Agenda Nacional y que se va a
01:23convertir en una prueba muy
01:25importante al inicio de esta
01:27nueva administración federal,
01:29el arranque, esta prueba de fuego
01:32también para el Congreso de la
01:33Unión, porque es nada más ni
01:36nada menos que la propuesta,
01:38la iniciativa de reforma al
01:40Poder Judicial.
01:41Una iniciativa pretendida por el
01:43presidente de la República,
01:44Andrés Manuel López Obrador,
01:46a inicios de este 2024,
01:49que fue no procesada ante la
01:54incapacidad de tener los
01:55suficientes votos en el
01:57Congreso de la Unión y que ahora
01:59resultado de la jornada
02:02electoral del pasado mes de
02:04junio, del 2 de junio,
02:06pues cuenta con las mayorías
02:08suficientes prácticamente para
02:10poderla procesar y que se ha
02:12implementado a través de
02:14diferentes foros de discusión y
02:17que pues ya viene en un proceso
02:19sumamente acelerado para que sea
02:22en el mes de septiembre donde se
02:23discuta y pueda aprobarse esta
02:25reforma al Poder Judicial.
02:27Por lo tanto, pues vamos a
02:29analizarla en sus diferentes
02:31aristas, pros y contras y para
02:33ello, pues vamos a conocer al
02:35invitado que tenemos del
02:37programa del día de hoy.
02:40Alejandro Pacheco Gómez es
02:42maestro en Derecho por la
02:43Universidad del Desarrollo del
02:45Estado de Puebla.
02:46Cuenta con el Diplomado en
02:48Derechos Humanos por la Suprema
02:49Corte de Justicia de la Nación.
02:51Es profesor de la materia de
02:53Derecho Constitucional en
02:54Instituciones de Educación
02:55Superior.
02:56Fue director general de
02:57Relaciones Intersectoriales de
02:59la Subsecretaría de Salud
03:00Pública de Hidalgo en dos mil
03:02veintitrés y coautor de
03:03capítulos de libros y de
03:05artículos en revistas
03:06científicas.
03:09Maestro Alejandro Pacheco, muy
03:11buenas noches, bienvenido,
03:12Agenda trece punto uno.
03:14Hola, muy buenas noches, Abel,
03:15muchas gracias.
03:16Pues vamos a ver este material
03:19que ha preparado la producción
03:21de Agenda trece punto uno que
03:22nos va a poner en el contexto
03:24de la discusión del día de hoy.
03:30Yo no veo más que una
03:34renovación tajante.
03:35El pasado cinco de febrero,
03:37el presidente Andrés Manuel
03:38López Obrador presentó ante la
03:40Cámara de Diputados un paquete
03:42de veinte reformas a la
03:43Constitución.
03:44Destaca la iniciativa de
03:46reformar el poder judicial que
03:48plantea eliminar los
03:48privilegios de ministros, jueces
03:50y magistrados.
03:52Los privilegios de los
03:53ministros de la Corte,
03:56sueldos muy superiores al del
03:58presidente de la República,
04:01casi trescientos mil pesos
04:02mensuales.
04:04Cada ministro,
04:06aguinaldos de quinientos
04:09ochenta y ocho mil pesos,
04:14cuarenta días de sueldo.
04:16Todo esto es contrario
04:20a lo que establece la
04:21Constitución.
04:23La propuesta,
04:24además de plantear la
04:25disminución del sueldo de
04:26magistrados y jueces para que
04:27no perciban más que el
04:29presidente,
04:30también busca reducir de once
04:31a nueve los ministros del
04:33máximo tribunal de justicia,
04:35quienes ya no serán
04:36designados,
04:37sino electos mediante el voto
04:38popular.
04:40Que sea el pueblo de México
04:42el que resuelva sobre esto.
04:45En las urnas.
04:46En las urnas, sí.
04:48La iniciativa establece que el
04:49primer domingo de junio de
04:51dos mil veinticinco se deberá
04:53realizar una elección
04:54extraordinaria para renovar a
04:55todos los ministros de la
04:56Suprema Corte,
04:58así como magistrados de
04:59circuito,
05:00jueces de distritos y magistrados
05:02del Tribunal Electoral del
05:03Poder Judicial de la
05:04Federación.
05:05O va a ser un abogado,
05:07mujer o hombre y va a cumplir
05:10un requisito,
05:10pero los vamos a elegir
05:12nosotros de una lista
05:16porque queremos tener jueces
05:19honestos, íntegros,
05:21incorruptibles y lo mismo
05:23magistrado y los mismos
05:24ministros.
05:25Para la elección de los
05:26ministros,
05:27el Senado de la República
05:28deberá emitir la convocatoria
05:30para la integración del estado
05:31de candidaturas el día que se
05:33instale el primer periodo de
05:35sesiones ordinarias del año
05:36anterior al de la elección que
05:37corresponda.
05:39Todo ello se analiza a través
05:40de nueve foros que iniciaron el
05:42pasado veintisiete de junio en
05:44San Lázaro y en los congresos
05:45de los estados.
05:46No queremos que se apruebe sin
05:53quitar una coma nuestra
05:55iniciativa.
05:58Si se va a mejorar,
05:59si se va a enriquecer,
06:02pues adelante.
06:04A continuación,
06:05en Agenda 13.1,
06:07nuestro selecto grupo de
06:08panelistas analizará cuáles son
06:10los fundamentos,
06:11los alcances y las
06:13consecuencias de este proyecto
06:14contemplado en el llamado plan
06:17iniciamos.
06:23Pues un tema que está en la
06:25discusión nacional y que ha
06:28acaparado en los principales
06:30titulares de todos los medios
06:32de comunicación por todos los
06:34alcances y todas las
06:35implicaciones que tiene una
06:36reforma al poder judicial en
06:39nuestro país.
06:40Partamos primero,
06:42bueno, de la legitimidad del
06:44resultado electoral que fue
06:47durante todo el proceso,
06:49no solo de campaña,
06:50desde antes,
06:52esta gran convocatoria al
06:54denominado plan C,
06:56que implicaba que no solo se
06:58votase por el partido del
07:01presidente de la república,
07:02sino que el propio presidente de
07:04la república convocó al famoso
07:06plan C que implicaba tener una
07:08mayoría que permitiese reformas
07:11constitucionales tanto en la
07:13Cámara de Diputados Federal
07:15como en el Senado de la
07:16República.
07:17Ya con los resultados que
07:19todavía habrá ciertos ajustes
07:21resultado de los procedimientos
07:25propios electorales,
07:27sin embargo,
07:27bueno,
07:28se tiene esta amplia mayoría en
07:29la Cámara de Diputados y muy
07:32probablemente consolidará esta
07:34mayoría en el Senado de la
07:35República que facilitaría,
07:39permitiría poder realizar
07:42reformas constitucionales.
07:44En términos de la teoría de la
07:48división de poderes,
07:50de la soberanía,
07:51de la legitimidad en el contexto
07:55constitucional,
07:57hasta qué grado es permisible,
08:00deseable que un poder impulse
08:03una reforma tan agresiva,
08:05tan profunda,
08:07tan disruptiva,
08:07inclusive en muchos de los
08:09temas que estaremos analizando,
08:12maestro Alejandro Pacheco,
08:14cómo podríamos hacer este
08:15planteamiento entre esta
08:17legitimidad electoral en función
08:20de la representación que tienen
08:21las y los legisladores con
08:24relación a una intervención como
08:27se pretende,
08:28pues prácticamente a desarrollarse
08:30iniciando la 66 legislatura el
08:33próximo 1 de septiembre y que
08:35pretende sea votada,
08:37pues prácticamente en el
08:39transcurso de este primer mes,
08:40antes de que inicie funciones,
08:42la presidenta electa,
08:43la doctora Claudia Sheinbaum.
08:46Bien, muchas gracias.
08:48Hablar de una reforma
08:49constitucional es hablar de un
08:51procedimiento un tanto complejo,
08:54hecho para poner un poquito en
08:56contexto,
08:56para que pueda ser reformada
08:58nuestra constitución a nivel
08:59federal,
09:00necesitamos de una mayoría
09:01calificada en el Congreso de la
09:03Unión y la participación también
09:05de las legislaturas locales.
09:07Necesitamos que cada una de las
09:08cámaras se apruebe con las dos
09:10terceras partes de su de los
09:12miembros presentes.
09:13En un proceso legislativo
09:14ordinario basta la mitad más uno
09:17de los presentes para que pueda
09:18ser aprobada una reforma legal.
09:20El caso de la Constitución si
09:21nos pide una mayoría calificada
09:23de ahí que era impulsar que lo
09:27el Congreso de la Unión
09:28estuviera representado en su
09:30mayoría por las fuerzas que
09:31pudieran garantizar en cierta
09:33medida una reforma a la
09:35Constitución.
09:36De ahí una vez que ha sido
09:38aprobada por las dos cámaras se
09:39envía a las legislaturas locales
09:41para que la mayoría relativa,
09:42es decir, 17 legislaturas
09:44locales, van a votar.
09:45Se regresa el proyecto
09:48a las cámaras para que hagan el
09:49cómputo final y cada una de ellas
09:52emite la declaratoria de validez
09:54de la reforma constitucional.
09:55Se envía al presidente de la
09:56República solamente para efectos
09:58de su promulgación y publicación
10:00en el diario oficial.
10:02Entonces tenemos un procedimiento
10:03más rígido de reforma hacia la
10:05Constitución que hacia las leyes.
10:07Esto nos lleva a que el artículo
10:1139 de la Constitución es muy
10:14claro al establecer que la
10:15soberanía va a radicar en el
10:17pueblo y que el pueblo es el
10:18único que tiene el inalienable
10:21derecho, nos dice el texto
10:22constitucional, de cambiar la
10:24forma de gobierno.
10:25Esto abre la posibilidad a que
10:28México es un Estado federal
10:31representativo.
10:33A través de los diputados en el
10:34Congreso de la Unión se
10:35representa realmente al pueblo,
10:37es la representación popular,
10:39está integrado por 300 diputados
10:41de mayoría relativa que
10:43representan 300 distritos
10:45electorales de acuerdo a la
10:48demografía de nuestro país.
10:49Hay entidades federativas que
10:50tienen como hidalgo siete
10:52distritos electorales federales,
10:53habrá otros que tienen más o
10:54tienen menos de acuerdo a la
10:56densidad poblacional.
10:57Y el Senado siempre serán dos
10:59senadores por cada entidad
11:01federativa, que son del principio
11:03de mayoría relativa,
11:05quien la fórmula nosotros votamos
11:07por una fórmula de dos senadores.
11:09La fórmula que ganen los
11:11comicios representa al Estado,
11:13no importa la cantidad de
11:15población, sino son siempre dos.
11:17Y un diputado más por primera
11:18minoría, que es el que encabeza
11:20la formalidad, son tres
11:21diputados, tres senadores,
11:23perdón, tres senadores por las
11:24entidades federativas y uno de
11:26la lista nacional.
11:27Tenemos 128 senadores.
11:29En sí, el Senado representa a
11:31las entidades federativas y en
11:33su conjunto a la federación.
11:34Eso le permite tener la
11:36representación tanto del pueblo
11:38como de la parte estructural del
11:40Estado mexicano para poder
11:42llevar a cabo las reformas.
11:44Se pide adicionalmente la
11:45representación popular en las
11:47entidades federativas a través de
11:48las legislaturas.
11:50Y eso sí le permite tener ahora
11:52sí, decíamos, la legitimidad para
11:54que las reformas al máximo
11:55ordenamiento jurídico sean
11:58totalmente válidas.
11:59El pueblo es el que tiene la
12:01decisión de hacerlo a través de
12:03sus representantes.
12:05¿Qué es lo importante aquí?
12:06Tomar en cuenta que una reforma
12:08constitucional nos cambia el
12:10sentido del propio Estado.
12:12Hay desde la teoría del derecho
12:14constitucional, Carlos Smith nos
12:17hablaba de que la constitución
12:19es un conjunto de decisiones
12:21políticas fundamentales que
12:23nacen del poder constituyente.
12:25Cuando se crea una constitución
12:26no la crean los poderes que ya
12:28conocemos, sino se convoca una
12:30asamblea constituyente, como fue
12:32en el caso de Querétaro, que
12:33mediante una convocatoria en
12:351816 se reúnen en Querétaro para
12:38empezar los trabajos el 1 de
12:39diciembre del 16 y culmina el
12:4131 de enero del 17.
12:43Y esa asamblea, compuesta por
12:45más de 210 diputados
12:46constituyentes, su único trabajo
12:48es redactar la constitución y una
12:50vez que es promulgada se disuelve
12:52porque es la expresión propia de
12:54la soberanía, del titular de la
12:55soberanía que es el pueblo.
12:56Fue este ejercicio que vimos ya
12:58reciente y contemporáneamente
13:00esta primera constitución de la
13:02Ciudad de México.
13:03Y ahí, a la luz de la teoría de
13:06la constitución también decíamos
13:08bueno, es un poder
13:08constituyente que debe demanar
13:11del pueblo.
13:11Estuvo conformado por 100
13:13diputados constituyentes, 60
13:15fueron de mayoría relativa, la
13:17gente salió a votar por él en
13:19las urnas, 14 fueron nombrados
13:22por los senadores, 14 diputados
13:25por los diputados federales, 6
13:27por el presidente de la
13:28República y 6 por el jefe de
13:30gobierno.
13:31Entonces, tuvimos 40 diputados
13:34constituyentes nombrados por el
13:35poder público.
13:37La mayoría fue por el pueblo.
13:39Entonces, eso le daba
13:41legitimidad, sin embargo, era
13:42controvertido en el sentido de
13:43decir, bueno, ¿por qué el 40%
13:46fue propuesto por el poder
13:48público?
13:49Y más que las reglas del Congreso
13:52Constituyente de la Ciudad de
13:53México fueron establecidas en
13:54los transitorios de la Reforma
13:56Constitucional de 2016, en las
13:59cuales la Asamblea Legislativa
14:02del entonces Distrito Federal no
14:04participaba en las reformas
14:05constitucionales.
14:07Fue a partir de que se crea la
14:08legislatura de la Ciudad de
14:09México, ya con la propia
14:11Constitución quien tiene
14:12participación.
14:13Entonces, en ese momento no tuvo
14:14una representación tal cual la
14:16población, sino a través de sus
14:17diputados federales y de los
14:19senadores.
14:20Pero, bueno, ahí nace la
14:22Constitución, el Congreso
14:23Constituyente es el que la
14:24redacta y ahora sí le confiere a
14:27un poder llamado el Poder
14:29Revisor de la Constitución que
14:30se encargue de ir actualizando
14:32a través de las reformas para
14:34modificar la propia Constitución
14:36y que sea con la participación
14:38de las Cámaras del Congreso y de
14:39las legislaturas locales.
14:41¿Quiénes pueden presentar una
14:42iniciativa de Reforma
14:43Constitucional?
14:44El presidente de la República,
14:46los diputados senadores al
14:47Congreso de la Unión, toda una
14:48legislatura local y la
14:50participación ciudadana con el
14:52punto 13 por ciento del
14:53electorado.
14:54Estamos hablando más o menos de
14:5596 millones de electores.
14:57Vamos a sacar la cuenta del
14:58punto 13 por ciento que pudieran
15:00presentar una iniciativa de
15:01reforma.
15:02Con esto, la reforma que se
15:04prevé dentro del paquete de
15:05reformas constitucionales de las
15:0720, que es el del Poder
15:08Judicial, pues va muy
15:09encaminada uno a democratizar la
15:14designación de quienes tienen la
15:16facultad de poder decidir sobre
15:19la interpretación y la
15:21aplicación de las normas.
15:23El Poder Judicial en México tiene
15:24dos funciones principales.
15:27Como Estado sabemos que hay una
15:28función legislativa que queda a
15:30cargo del Poder Legislativo, la
15:32creación de normas, de leyes.
15:34La función administrativa que
15:35queda a cargo del Poder
15:36Ejecutivo, quien se encarga de
15:38hacer realidad los derechos que
15:40están impuestos en la en las
15:43leyes.
15:44Es la función de proveer de
15:45bienes, de servicios a la
15:47población.
15:47Por eso su estructura tan amplia
15:50como tal.
15:51Y el Poder Judicial que se
15:52encarga de la función de
15:54aplicar la norma general y
15:55abstracta al caso particular.
15:57Pero el Poder Judicial Federal
15:58en México tiene estas dos
15:59funciones.
16:00Una es el órgano jurisdiccional
16:02a nivel federal, pero también es
16:04el Tribunal de
16:05Constitucionalidad.
16:06Es el que se encarga de conocer
16:08de todos los procedimientos de
16:11los medios de control
16:12constitucional que son los que
16:13garantizan la supremacía.
16:15Ejemplo más claro es el juicio
16:17de amparo.
16:18Un ciudadano se ve vulnerado en
16:19sus derechos humanos.
16:21Hay una violación a la
16:22Constitución, a la parte
16:23dogmática de la Constitución
16:25donde están reconocidos los
16:26derechos humanos y puede
16:27promover un juicio contra la
16:29autoridad que violó a través de
16:31un acto, de una omisión o de una
16:33norma sus derechos.
16:34Y el Poder Judicial Federal es
16:36el que revisa si realmente el
16:38acto que reclama es
16:39constitucional o
16:40inconstitucional.
16:41Entonces, es un ejemplo de que
16:43el Poder Judicial de la
16:44Federación es el que se encarga
16:45de velar por la supremacía
16:47constitucional, incluso
16:49estableciéndole restricciones al
16:51poder público cuando vulnere a
16:53la norma fundamental.
16:54La Constitución es la norma
16:55suprema que tenemos en términos
16:57del artículo 133 constitucional.
17:00Y esa función tan importante que
17:02tiene de ser el guardián de la
17:03Constitución y ser el órgano
17:05jurisdiccional federal, pues
17:07ahora se ve, tiene un gran
17:10impacto la propuesta de reforma
17:12judicial, sobre todo por la
17:14forma en que se va a integrar el
17:15Poder Judicial y las facultades
17:20que le van a determinar esta
17:21reforma constitucional.
17:23Pero yo creo que el punto más
17:24importante en la reforma es la
17:26elección popular de los
17:28ministros, de los magistrados y
17:31los jueces.
17:32¿Cómo se conforma actualmente
17:33nuestro Poder Judicial?
17:35Si me lo permite, maestro, en
17:37términos para ir explicando a
17:40nuestras audiencias, primero
17:43partamos.
17:45México es uno de los países que
17:47tiene un alto índice de
17:49impunidad.
17:50De los delitos que se cometen,
17:52es muy poco el porcentaje de
17:55aquellos que concluyen con una
17:57sentencia condenatoria ante la
18:01comisión de cualquier tipo de
18:04delitos en nuestro país.
18:06También ha aumentado el desánimo
18:09por parte de la población para
18:12poner una denuncia.
18:14La gente que denuncia,
18:16realmente es un porcentaje
18:17mínimo con relación a los
18:21delitos que se cometen de
18:23manera cotidiana en todo el
18:26país.
18:27Aún hablando de delitos de alto
18:29impacto, esos delitos como la
18:33cuestión de homicidios,
18:34feminicidios, secuestros,
18:37terminan en una sentencia
18:39condenatoria a un muy bajo
18:40porcentaje.
18:42Y hay una incapacidad por parte
18:44de las instancias para la
18:48persecución.
18:50Esto es lo que es la impunidad,
18:52la incapacidad de lograr una
18:54sanción ante la comisión de
18:56algún tipo de delito.
18:59Con base en el último o más
19:01reciente censo que realizó
19:03al Inegi hacia el Poder
19:05Judicial, pues también los
19:07porcentajes de denuncia en
19:10contra de algún servidor público
19:12del Poder Judicial de la
19:13Federación, el gran espectro de
19:17todo inicio de investigación
19:19concluye con un documento
19:21interno que da conclusión a ese
19:24tipo de investigación.
19:26De aquellos que prosperan y que
19:29hay un tipo de sanción,
19:30la sanción más aplicable,
19:32nos comenta este censo,
19:34es una amonestación privada o
19:39pública que no implica ni una
19:42sanción de tipo económico.
19:45Y es contado los casos
19:48anualmente donde existe una
19:49destitución.
19:51Entonces, por un lado,
19:53altos índices de impunidad,
19:56la incapacidad del propio Poder
19:57Judicial de la Federación de
20:00sancionarse a sí mismo,
20:01de tener esa capacidad de
20:03investigación a través de su
20:05órgano vigente,
20:06que es el Consejo de la
20:08Judicatura Federal,
20:10y que tiene como consecuencia,
20:13pues que tiene un alto impacto
20:14en la ciudadanía,
20:16la propuesta de una reforma
20:18profunda,
20:19una reforma radical al Poder
20:23Judicial.
20:24No sé si con esta reforma
20:26alcance para dar solución o se
20:29requiera,
20:30que no está planteado.
20:32Es una reforma de todo el
20:34sistema en sí,
20:35donde están involucradas las
20:37fiscalías,
20:38todos los temas que tienen que
20:40ver con la Procuración de
20:41Justicia,
20:42con la persecución de los
20:44delitos,
20:45la prevención de los propios
20:46delitos.
20:47O sea,
20:48es un tema mucho más complejo.
20:50Sin embargo,
20:51pues sí,
20:53lo que ha llamado mucho la
20:54atención es esta posibilidad de
20:57la elección.
20:58Entonces,
20:58entrando en materia,
21:01me gustaría preguntarle primero
21:02que nos pudiera explicar de
21:03manera muy general,
21:05cómo está constituido el Poder
21:06Judicial de la Federación.
21:08Escuchamos jueces, magistrados,
21:10ministros,
21:11tribunales,
21:12jueces de distrito,
21:13tribunales,
21:14de circuito, etcétera.
21:15¿Cómo es esa constitución para
21:17que podamos entender el alcance
21:19de esta reforma?
21:20Sí.
21:20Nuestro Poder Judicial
21:21actualmente,
21:22en términos del artículo 94 de la
21:24Constitución,
21:25que es donde define los
21:26depositarios,
21:27tenemos una Suprema Corte de
21:28Justicia,
21:29que es el máximo tribunal que
21:30existe en nuestro país.
21:31Es la última instancia
21:32jurisdiccional.
21:34Tiene a su cargo varios de los
21:36medios de control
21:36constitucional.
21:38Esta está conformada por 11
21:39ministros.
21:40Una reforma en el año 95 que
21:42redujo de 21 a 11 ministros,
21:44como originalmente estuvo en el
21:46texto del 17.
21:49La Suprema Corte funciona en
21:51pleno con los 11 ministros.
21:53¿Por qué son 11 o por qué es un
21:55número impar?
21:56Para evitar el empate en las
21:57resoluciones.
21:58Se toma por mayoría de votos,
22:00entonces el presidente,
22:02de momento,
22:02puede definir el rumbo y,
22:04vamos,
22:05se busca un número impar.
22:07Puede funcionar también en dos
22:09salas.
22:09En el 95 eran,
22:11hasta el 95 fueron cuatro salas.
22:13Ahorita son dos.
22:15La primera que conoce de asuntos
22:18civiles y penales y la segunda de
22:20laborales y administrativos.
22:22El funcionamiento de las salas
22:23son por cinco de los 11 ministros.
22:25Cada una tiene su propio
22:27presidente y el presidente de la
22:28Corte no forma parte de las
22:30salas.
22:31Entonces puede funcionar los cinco
22:33ministros en su sala,
22:34en la primera sala,
22:35en la segunda sala,
22:36o los 11 ministros cuando son
22:38asuntos del pleno que la ley
22:39orgánica del Poder Judicial
22:41determina en cuáles conocerá como
22:43tal el pleno.
22:45Tenemos otro órgano que es el
22:46Tribunal Electoral del Poder
22:47Judicial de la Federación que
22:49tiene una sala superior y está
22:51conformada por siete magistrados
22:53y tenemos cinco salas
22:56regionales en el país y está
22:59conformada por tres magistrados.
23:01Los ministros de la Corte y los
23:04magistrados del Tribunal
23:05Electoral son nombrados por el
23:07Senado a propuesta de una terna
23:09por el presidente de la
23:10República.
23:11Después tenemos los magistrados
23:13de los tribunales colegiados de
23:15circuito y de los tribunales
23:16colegiados de apelación,
23:18como fue la reforma hace un par
23:19de años,
23:20y los jueces de distrito.
23:22Ellos son nombrados ya a través
23:25del Consejo de la Judicatura.
23:26Y bueno,
23:27estos magistrados y jueces
23:31adquieren una inamovilidad
23:32después de determinado tiempo
23:34para que solamente por
23:35situaciones de responsabilidad
23:37pudieran ser removidos de su
23:38carro.
23:40Tenemos un nuevo órgano que se
23:41fueron los plenos regionales,
23:43cuya función principal,
23:45prácticamente única,
23:46es la conformación de
23:47jurisprudencia por unificación.
23:52Antes existían los plenos de
23:53circuito que estaban en cada uno
23:54de los circuitos.
23:55Tenemos 32 circuitos que son las
23:57división jurisdiccional en el
23:58país.
23:59Ahora son los plenos regionales
24:01precisamente para poder resolver
24:03la controversia que existe entre
24:05criterios jurisprudenciales de
24:06los colegiados de circuito.
24:08Ahora resuelven ello.
24:09Es la forma en que está
24:10conformada.
24:11Entonces son nombrados por el
24:13Senado y otros por el mismo
24:16Poder Judicial.
24:18Entonces ahí es el tema de que
24:19no están nombrados directamente
24:22por la Policía.
24:22Si me lo permite,
24:23vamos a un corte y continuamos
24:24con nuestro tema.
24:25Regresamos.
24:28¿Cómo percibe esta reforma al
24:29Poder Judicial?
24:31Verdaderamente positiva porque
24:33realmente dentro del Poder
24:35Judicial se había enquistado una
24:38mafia corrupta.
24:40En realidad donde se ve toda la
24:43corrupción que ya estaba
24:44enquistado es en aquellos grandes
24:47delincuentes que con su poder
24:50económico podían comprar las
24:52decisiones o podían transformar
24:54decisiones que los perjudicaban
24:57y en ese sentido estaban
24:59perjudicando a la justicia y a
25:01la sociedad.
25:09En torno a este tema de la
25:10reforma al Poder Judicial en
25:12nuestro país, ¿cómo lo percibe
25:13usted?
25:14Bueno, debe ser una reforma
25:15necesaria pero también se
25:17requiere de hacer esa revisión
25:19en relación a cómo se va a
25:20realizar la manera de cómo se
25:23van a estar eligiendo cada uno
25:25de los jueces y magistrados.
25:26Tiene que ser un proceso también
25:28como se ha mencionado de manera
25:29escalonada y también establecer
25:32diferentes procedimientos para
25:33que la población conozca a
25:35quiénes son los que se les va a
25:38elegir y también su trayectoria.
25:40Entonces, más que nada tiene que
25:41ser una reforma de manera
25:43gradual pero con ciertos
25:44ajustes, debe de ser de manera
25:46progresiva.
25:47Yo considero que habría que
25:49mejorar la estructura del Poder
25:50Judicial, no así que sean
25:53electos por el voto popular.
25:55Es muy cuestionable.
25:57Esta para un servidor sería una
25:59cuestión innecesaria, lo que
26:02habría que mejorar sería la
26:06carrera judicial, la
26:07transparencia, que se respete el
26:10escalafón, que una persona para
26:13llegar a ser juez pues tenga que
26:14haber sido comisario, actuario,
26:18haya ocupado todos los cargos
26:20dentro de un juzgado para poder
26:23así trascender y poder aplicar la
26:25ley a casos concretos.
26:27Eso es lo que hace en sí un juez,
26:29aplicar la ley general a casos
26:31concretos particularmente
26:33controvertidos.
26:37Continuamos en la Agenda 13.1,
26:40estamos hablando de la
26:41Iniciativa de Reforma al Poder
26:43Judicial Federal y, bueno,
26:46estamos platicando con el
26:47maestro Alejandro Pacheco Gómez,
26:49quien es profesor del Área
26:52Académica de Derecho del
26:53Instituto de Ciencias Sociales y
26:55Humanidades de la Universidad
26:56Autónoma del Estado de Hidalgo.
26:58Continuando, nos explicaba antes
27:01del corte el funcionamiento,
27:03la estructura que tiene el Poder
27:05Judicial de la Federación y,
27:08bueno, antes de entrar al tema
27:11de la elección de ministros,
27:13magistrados y jueces,
27:16qué implicaciones tiene como
27:19parte y componente de esta
27:20iniciativa la reducción del
27:23pleno de 11 a 9 ministros y la
27:27eliminación de estas dos salas
27:30que nos explicaba antes de la
27:32reforma de 95, eran cuatro,
27:35habían hasta este momento son
27:37dos, estas salas que el de la
27:40Suprema Corte y la eliminación
27:43y que sólo quede a través del
27:47pleno la discusión de todo lo
27:49que le atañe al máximo tribunal
27:51del país.
27:52Bien, la reducción a nueve
27:54ministros implica también una
27:57reducción en el personal que va
27:59a ver y esto podría llevar a
28:02una sobrecarga de trabajo.
28:04Lo mismo se eliminan dos salas
28:06que desahogaban los asuntos
28:07civiles y penales,
28:08laborales y administrativos que
28:10no fueran necesarios llegar a
28:11la Suprema Corte al pleno,
28:14pero se advierte que podría haber
28:16una carga de trabajo excesiva y
28:19esto podría,
28:21si bien hay cuestiones
28:22presupuestales que se van a
28:23resolver,
28:24pero la carga de trabajo,
28:26los trabajadores del Poder
28:27Judicial de la Federación,
28:28son de los trabajadores que
28:29tienen arduas jornadas de
28:31trabajo por la cantidad de
28:33asuntos que llegan.
28:34Muchos de ellos son juicios de
28:35amparo, juicios de remisión,
28:37etc.
28:38Entonces,
28:38considero que sí es de
28:42analizarse en función de los
28:46asuntos que se están viendo
28:48actualmente y cómo se proyectaría
28:50con la reducción a nueve
28:52ministros,
28:53que implica la reducción también
28:54del personal que le apoya a los
28:56ministros para la elaboración de
28:57los proyectos y las cargas que
29:00va a tener ahora el pleno que
29:01se va a tener que reunir al
29:02eliminarse la función de las
29:04salas.
29:05En esta reducción también
29:06implicaría ese riesgo de un
29:10mayor control,
29:11porque al final pues habrá,
29:14en esta forma que se está
29:15planteando,
29:17la presentación de propuestas
29:20entre los tres poderes,
29:22diez a cada uno,
29:23Congreso de la Unión,
29:24diez del propio Poder Judicial,
29:27diez por parte del Ejecutivo.
29:29Y en esa reducción pues se queda
29:33la sospecha también de un mayor
29:35control de los que queden
29:38electos de los nueve,
29:41pues no es lo mismo que un
29:44número mayor,
29:45pues las posibilidades de control,
29:48de coacción sobre estos
29:53ministros.
29:55Sí,
29:56el hecho de que hay una
29:58postulación por parte de los tres
30:01poderes,
30:02si bien decíamos,
30:03por eso decía al principio,
30:04México es un país,
30:05un estado representativo,
30:08va a estar representados los
30:10ciudadanos a través de los
30:11diputados,
30:12de los estados de los senadores,
30:14cinco postulantes cada una de
30:17las cámaras,
30:18diez por parte del Ejecutivo,
30:19diez por parte del Poder
30:20Judicial,
30:21una forma de democracia
30:23indirecta que se va a tener de
30:25poder presentar quiénes podrían
30:27ser ministros o magistrados en
30:30este caso.
30:31Sí,
30:31al reducir el número de ministros
30:34pues habría menos posibilidad de
30:36una diversidad ideológica de
30:38posturas,
30:39todo ello.
30:40Sin embargo,
30:40lo que hay que cuidar mucho es
30:41lo que establece el artículo
30:43diecisiete de la Constitución,
30:44los tribunales serán
30:45imparciales,
30:46habrá independencia para los
30:48tribunales,
30:49es uno de los tres poderes que
30:52no ejercen sí una función
30:54política,
30:54sino una función técnica.
30:56Los candidatos que propongan los
31:00poderes de la Unión deben de
31:02reunir esas características para
31:04desempeñarse con la
31:05imparcialidad,
31:06con la independencia,
31:07con la objetividad que requiere
31:09la función jurisdiccional.
31:11Recuerdo mucho las palabras de mi
31:13maestro de Derecho
31:14Constitucional,
31:15Sebastián Arroyo nos decía,
31:16en el derecho no existen esas
31:18amistades que tratan de influir
31:20sobre el ánimo del juzgador.
31:22Hay que ser muy objetiva la
31:23decisión,
31:24entonces la imparcialidad debe
31:26de caracterizar al funcionario
31:28judicial para que se apegue en
31:30estricto sentido al Estado de
31:31Derecho.
31:32Hace rato que comentabas el
31:34punto de la percepción social de
31:37la impunidad,
31:38es cierto,
31:39hay mucha impunidad,
31:40sin embargo hay que ver que en
31:42el Estado de Derecho nos van a
31:45garantizar los derechos de
31:46seguridad jurídica.
31:47La seguridad jurídica tiene dos
31:49dimensiones,
31:49una dimensión estructural que nos
31:51dice que la norma debe de estar
31:53redactada y construida de manera
31:54adecuada para que sea eficaz,
31:56para que sirva,
31:58que no sea una ley retroactiva,
32:00que no sea una ley vaga que nos
32:02deje supuestos muy amplios y
32:03queda a discreción del juzgador,
32:05calificaron una conducta como
32:08ilícita o no,
32:10que sean normas muy claras en la
32:13percepción que se tiene.
32:15Pero por otra parte la corrección
32:16funcional,
32:17que los que imparten la justicia,
32:20los que procuran justicia
32:21conozcan la norma jurídica para
32:23una aplicación correcta.
32:25Eso nos va a garantizar a los
32:26ciudadanos que la norma se está
32:28aplicando de manera adecuada.
32:30Y cuando nosotros depositemos
32:32esa confianza en los órganos
32:34jurisdiccionales,
32:35a quienes van a realizar esa
32:37función,
32:38es porque son personas
32:39preparadas.
32:40Yo aquí considero que se debe
32:42tomar en cuenta también la
32:45opinión de las agrupaciones
32:47académicas,
32:48que se hagan esos foros donde
32:51grupos de universidades,
32:54los colegios de profesionistas,
32:56de abogados,
32:56puedan opinar y participar en la
32:58postulación de ellos.
33:00¿Qué necesitamos de un buen
33:01juzgador?
33:02Que sea un conocedor del
33:03derecho,
33:04que esté con la idea firme de
33:06alcanzar la justicia,
33:08más allá de los controles
33:09políticos que pueda haber,
33:11que se apegue realmente a lo que
33:13es la aplicación estricta de la
33:15norma.
33:16Un estricto derecho que es una
33:18característica esencial del
33:19Estado de Derecho.
33:21Entonces sí necesitamos aquí
33:22esa participación de que sean
33:23perfiles idóneos a la profesión
33:25jurídica en la aplicación de la
33:27norma.
33:28Esta parte de estos perfiles
33:31idóneos,
33:32que conozcan perfectamente el
33:34derecho,
33:34su aplicación,
33:36que tengan experiencia,
33:38¿qué tanto afectaría la propuesta
33:42también de esta reducción tan
33:44drástica de los sueldos?
33:47Y sobre todo el eliminar la
33:51posibilidad de seguir teniendo
33:54una percepción ya en retiro.
33:57Estamos hablando de que se
34:00planteó en su momento estos
34:02sueldos sumamente decorosos para
34:05garantizar la imparcialidad,
34:07para que el juzgador no tuviese
34:10esa preocupación posterior al
34:12ejercicio de su encargo tan
34:15importante y que le garantizaría
34:19una estabilidad económica
34:23posteriormente.
34:25¿Qué impacto podría tener?
34:29Sería desde su opinión positivo
34:33o más negativo,
34:34en primera instancia,
34:36esta reducción de que nadie
34:37pueda ganar como lo marca la
34:39Constitución por encima del
34:40presidente de la República y a su
34:43vez que no tengan la posibilidad
34:46después de su encargo,
34:48dependiendo de la temporalidad.
34:49Si hablamos de un ministro,
34:51pues implica igual una reducción
34:54que se ha planteado de 12 años,
34:58ya no de los 15 años que
35:00anteriormente ejercía.
35:02¿Ahí qué implicaría?
35:05La reducción salarial trastoca
35:08los principios constitucionales
35:09de que los impartidores de
35:10justicia no pueden verse
35:12afectados una reducción de su
35:14salario durante sus funciones.
35:16Afectaría derechos adquiridos
35:18ya, podría ser objeto incluso
35:20de algún tipo de defensa
35:21constitucional por parte de los
35:23afectados.
35:26Quitar el haber por retiro es
35:28una medida que puede
35:31conllevar un riesgo.
35:32¿Cuál es la intención?
35:33Una de los, como bien decía,
35:35los sueldos decorosos que quizás
35:37han sido excesivos,
35:38es garantizar la imparcialidad
35:41y evitar el tema de verse
35:44tentados por las cuestiones
35:46económicas para dictar justicia.
35:48El quitarles el haber podría
35:50comprometer su futuro económico
35:52y tener alguna afectación
35:55durante el momento de impartir
35:56justicia porque ven
35:58comprometidos.
35:58¿Qué me voy a dedicar después?
36:01Hay un riesgo en quitarles de
36:04trabajo el haber por retiro.
36:06Yo creo que podría haber una
36:07reducción proporcional a la
36:09función que han desempeñado.
36:11Y también en razón a lo que
36:12establece la Constitución,
36:13que ningún funcionario podrá
36:15ganar más que el presidente de
36:16la República por ser el jefe de
36:17Estado.
36:18Pero, bueno, eso implica
36:19también la afectación a los
36:22derechos ya adquiridos,
36:23que puede conllevar un riesgo
36:25desde el punto de vista de
36:26afectación a derechos humanos.
36:29Es importante ver la cuestión de
36:31la reducción salarial.
36:32Sí se ha criticado mucho a los
36:34ministros por un sueldo tan
36:36alto.
36:37En su momento el presidente de la
36:38República tenía un sueldo
36:40también grande.
36:41Los expresidentes tenían un
36:43haber por retiro que fue
36:44eliminado.
36:45Ahora el presidente redujo
36:47prácticamente a la mitad su
36:48sueldo.
36:49Y, bueno, es una
36:51postura de la austeridad
36:53republicana que ha implementado
36:55este gobierno federal,
36:56pero debe de marcarse todo
36:58dentro de la legalidad.
37:00Entonces sí podría haber un
37:02impacto en el sentido de que se
37:04ven afectados en los derechos
37:05adquiridos.
37:06Pero, pues ante todo,
37:08lo que hay que pensar ahí es la
37:09imparcialidad y la independencia
37:12en la toma de decisiones de
37:13nuestros juzgadores.
37:14Que realmente si va a haber una
37:16reducción, ver el
37:18la repercusión que pudiera tener
37:20en el desempeño de
37:23las presiones que puede haber al
37:25respecto desde el punto de vista
37:26económico.
37:27Esta situación, por eso es
37:29importante que los perfiles sean
37:32personas que han tenido una
37:34trayectoria en la impartición de
37:36justicia, que sean conocedores de
37:38esa función, pero también quienes
37:40tengan la preparación académica al
37:41respecto.
37:42Que lo que pasa cuando a veces
37:44vemos que nuestras leyes son copia
37:46de otra ley, incluso de otros
37:48países o de la misma ley en todos
37:50los estados y nada más le cambian
37:51el nombre de la entidad
37:52federativa, pues nos lleva a que
37:53no hay un estudio
37:55realmente de las fuentes del
37:57derecho.
37:57Y creo que en la aplicación de la
37:59norma sería lo mismo que sean
38:00personas.
38:01¿Cuáles son los criterios para la
38:03aplicación de la norma?
38:04Tenemos que irnos al texto
38:06de la norma, a una interpretación
38:08exegetica, diríamos, pero también
38:10a la interpretación jurídica y
38:12esa se gana a través del estudio
38:14de la doctrina.
38:15Todos nuestros juzgadores van
38:16construyendo también parte del
38:18derecho a limitar las normas.
38:20Ahora tenemos en el Poder Judicial
38:22un sistema de precedentes
38:24obligatorios que nacen a partir
38:25del pleno y que son el
38:27presente es el sustento de la
38:29sentencia, pero a la luz no
38:31solamente de un legalismo,
38:33sino a la luz realmente de los
38:35principios de la teoría general
38:36del derecho.
38:38Esto que usted comete es realmente
38:41sumamente importante y habla
38:43y nos explica a las audiencias
38:45la enorme responsabilidad que
38:47tienen los juzgadores en sus
38:48diferentes niveles, desde jueces,
38:50magistrados y los ministros.
38:55¿Qué tanto se trastoca?
38:57Y ya entrando esta parte medular
38:58que ha sido tan controvertida
39:01en el momento en que se
39:04convoca elecciones para elegir
39:07a los juzgadores del país
39:09y donde va a haber la
39:11presentación, como lo
39:12comentábamos, de
39:15eternas o de propuestas
39:17para ser electos, para que sean
39:19elegibles por parte de la
39:21población, en partes iguales
39:23por cada uno de los diferentes
39:25poderes.
39:26¿Hasta qué grado
39:28toda esta parte que
39:31de alguna u otra manera se
39:32incentivó durante muchas
39:34décadas de un ejercicio
39:36profesional de carrera al
39:38interior del Poder Judicial,
39:41igual con sus asegunes,
39:44como todo dentro de las
39:45administraciones públicas
39:47y las complejidades de hablar
39:49de la administración de lo que
39:51es público?
39:52Pero, sin embargo, ahorita
39:57todos estos requisitos,
39:59este perfil, el conocimiento,
40:01que sean personas doctas,
40:03imparciales, ¿qué tanto se pone
40:06en riesgo o qué tanto
40:08beneficiaría, desde su óptica,
40:10el hecho que sean electos
40:12democráticamente en urnas por
40:15parte de la población?
40:17Bien, una es que va a haber una
40:21y se trata de llegar a una
40:22legitimidad democrática para que
40:25a partir de lo que propongan los
40:27tres poderes, las personas
40:29puedan ver quién es el mejor
40:30perfil para desempeñar ese
40:32cargo.
40:34En la reforma se plantea que los
40:35partidos políticos no van a
40:37intervenir en la designación,
40:39ni van a poder hacer
40:39proselitismo, no va a haber
40:41financiamiento público ni
40:42privado, los candidatos tendrán
40:46que hacer sus propuestas
40:47directamente.
40:49¿Cuál es el riesgo?
40:50Que la elección se va a llevar a
40:52la par de las elecciones
40:53federales.
40:54Entonces, el ambiente político
40:56va a trastocar esa imparcialidad
40:58que pudiéramos desear, en el
41:00sentido de que se van a
41:01identificar con movimientos
41:03políticos quienes promuevan,
41:05propongan la Cámara de
41:06Senadores, la Cámara de
41:07Diputados, el mismo Poder
41:09Ejecutivo, pues será afines a
41:11las ideologías políticas
41:12considerando el proyecto de
41:13nación que van en ese momento
41:16trazando.
41:17Eso pudiera afectar que el
41:20ambiente político de una
41:21elección pues trascienda hacia
41:24el poder pensar en quién de los
41:26candidatos propuestos podría
41:28ocupar un cargo de ministro,
41:31magistrado o de juez.
41:33Para el caso de los magistrados
41:35y jueces de distrito, de los
41:37colegiados y de los juzgados de
41:39distrito, bueno, pues también va
41:40a haber una propuesta paritaria
41:44por parte de los poderes de la
41:45Unión.
41:46Y esto, pues, es lo mismo.
41:48O sea, se van a llevar a cabo en
41:49las elecciones ordinarias y,
41:51bueno, pues sí, el ambiente
41:52político puede trascender hacia
41:54ellos.
41:56El hecho de que se vea
41:57contaminado, por llamarlo así,
41:59el proceso de elección de los
42:00juzgadores con el aspecto
42:02político nos podía llevar a una
42:05percepción también diferente de
42:07la sociedad en la que estamos
42:09viendo que es por ideología
42:11política por lo que se estaría
42:12llegando a esos cargos y no por
42:14la capacidad jurídica que debe
42:16de tener un juzgador.
42:18Y un aspecto importante que se
42:19me olvidó mencionar es el
42:20aspecto de la ética judicial.
42:22Creo que ha sido un punto que se
42:24ha exigido mucho a los jueces
42:26porque el que aplica la ley en
42:28ese momento, pues, puede liberar
42:31a un culpable o puede condenar
42:33a un inocente.
42:34Y viene ese escepticismo
42:38social de que si los jueces se
42:40dejan comprar, de que si el
42:41crimen organizado los está
42:42amenazando y por eso tienen que
42:44resolverlo en tal o cual forma.
42:46Eso también debe garantizarse.
42:47En uno de los párrafos que
42:48establece la reforma nos habla
42:50de garantizar la independencia y
42:52la seguridad de los juzgadores.
42:54Creo que ahí se está tocando un
42:55punto importante porque hoy en
42:57día el juez que va a resolver
42:59en contra de un secuestrador, en
43:01contra del miembro del crimen
43:03organizado, pudiera haber
43:04comprometido a la integridad
43:05personal y el medio en el que
43:07está. Entonces son puntos que
43:09deben de tomarse mucho en
43:11consideración que las personas
43:13que van a hacer propuestas para
43:15ocupar estos cargos tengan esas
43:17garantías judiciales para
43:19garantizar, para poder asegurar
43:21un ejercicio adecuado de la
43:22función.
43:24Otro de los puntos centrales de
43:28esta reforma es dar por
43:30concluido el periodo del Consejo
43:32de la Judicatura Federal y la
43:34constitución de dos órganos
43:37dentro del Poder Judicial que
43:39hagan las funciones tanto
43:40administrativas como de
43:42investigación y sanción ante
43:45cualquier tipo de falta
43:47cometida por los servidores
43:50públicos del Poder Judicial.
43:51Estamos hablando del Tribunal
43:54de Disciplina Judicial que
43:56estaría integrado por cinco
43:58magistrados, electos también
44:00democráticamente, y el órgano
44:02de Administración Judicial.
44:05Y sí hace falta una sacudida al
44:08Consejo de la Judicatura.
44:09Considero que en el tema de la
44:11edición de poderes debemos
44:12garantizar la plena autonomía
44:14de los tres.
44:15Los tres están en función de lo
44:17que marque la Constitución.
44:19Sí ha habido muchas críticas en
44:21el sentido de que no son
44:22sancionados de manera adecuada
44:24aquellos servidores públicos del
44:26órgano jurisdiccional que no se
44:28han apegado al derecho y que,
44:30por ser el Consejo de la
44:31Judicatura, un órgano más del
44:33Poder Judicial pudiera haber
44:35una... no garantizar la
44:38imparcialidad.
44:39El hecho de que se cree un
44:40Tribunal de Disciplina Judicial
44:43y un órgano de Administración y
44:44este tribunal esté conformado
44:45por magistrados electos también,
44:48pues nos daría un viso de
44:50decir, bueno, pues van a ser
44:52personas con mayor
44:53imparcialidad.
44:54Pero el tema es que realmente
44:56vamos al mismo punto, la
44:57idoneidad de quienes van a
44:59desempeñar.
45:00El hecho de que exista un
45:02Tribunal de Disciplina Judicial
45:04es bueno desde el punto de vista
45:05que nos va a garantizar que se
45:07acabe esa impunidad, que se va a
45:09aplicar realmente las sanciones
45:10que pudiera haber a quienes
45:11falten a los deberes éticos y a
45:14los deberes como un servidor
45:16público, pero que realmente se
45:19apeguen a la norma, que el
45:21Tribunal Judicial no vaya
45:23después de que esté contaminado
45:25por aspectos políticos y se ve
45:27afectada totalmente la
45:28imparcialidad.
45:29Creo que es una muy buena
45:31propuesta hablar de un tribunal
45:34con autonomía para la
45:36aplicación de las sanciones, pero
45:38que en la realidad se pueda
45:40aplicar y se le mantenga
45:42totalmente la independencia.
45:44Porque si no, al rato vamos a
45:45tener un tribunal más en el cual
45:48optados por el ámbito político
45:51se pudiera ver afectada esa
45:53imparcialidad.
45:54Todo indica, siguiendo tanto el
45:58resultado electoral, la
45:59conformación de la 66
46:00legislatura, la propia presión
46:03que está ejerciendo el
46:04Presidente de la República con
46:06relación a esta reforma y que
46:09implicaría que ya estuviese
46:11aprobada, publicada inclusive
46:14antes de que inicie funciones
46:17la próxima presidenta del país,
46:19la doctora Claudia Sheinbaum.
46:21Y de ahí vendría un
46:22transitorio.
46:23Y para esto, para poder
46:25concluir, el tiempo nos ha
46:27ganado nuevamente, pero ¿qué
46:29con la reforma a su vez en cada
46:33una de las entidades
46:34federativas?
46:35¿Cómo lo visualiza para el caso
46:37específico conociendo la
46:38realidad judicial del Estado de
46:40Hidalgo?
46:41Sí, aquí una vez que se
46:43promulgue la reforma viene la
46:45primera elección federal que
46:47sería en dos mil veinticinco.
46:48Va a haber de manera escalonada
46:50la sustitución de los ministros
46:52y magistrados con la posible
46:54afectación de que los van a
46:56separar.
46:57Y esto pues va, se modifica
46:58también el artículo 116
47:00constitucional para que las
47:01entidades federativas, los
47:02congresos locales fijen las
47:04bases para que también se lleve
47:06a cabo una reforma a la
47:08conformación de los poderes
47:10judiciales.
47:11Obviamente va a ser un reflejo
47:13de la reforma a los poderes de
47:15la unión en los estados.
47:17¿Qué tendríamos que hacer en
47:18el Estado de Hidalgo?
47:19Pues también ver mucho el
47:21perfil.
47:22Tenemos grandes juristas en
47:24nuestro estado, personas que
47:25se han dedicado mucho tiempo a
47:26la Procuración e Impartición de
47:28Justicia, pero también
47:29considerar lo que puedan
47:31aportar las universidades.
47:33Hoy en día nuestras
47:34universidades, Hidalgo tiene
47:36tan solo Pachuca, ¿cuántas
47:38escuelas de derechos de derecho
47:40tiene?
47:41¿Cuántas escuelas de derechos
47:42de derecho tiene?
47:43Nuestra universidad es el alma
47:45mater, es la máxima casa de
47:46estudios, donde a diario vemos
47:48en los semestres, cada semestre
47:50la cantidad de alumnos que
47:51aspiran a estudiar en nuestra
47:53institución.
47:54Y creo que las escuelas, la
47:57formación de recursos humanos
47:59puristas va a tener, debe tener
48:01una gran participación en opinar
48:05sobre estas reformas que se
48:06den.
48:07Yo creo que se puede abrir un
48:08foro para que participen también
48:10las instituciones de educación
48:11superior.
48:12Pues realmente nos quedamos con
48:14este llamado que es muy
48:15importante, la participación de
48:17las instituciones de educación
48:18superior, de los diferentes
48:20colectivos, organismos, colegios
48:22de profesionales, y bueno, la
48:24tradición tan importante que
48:26han tenido, en el caso, la
48:28Universidad Autónoma del Estado
48:30de Hidalgo, como institución
48:31pública de calidad, de
48:34excelencia, y que es el espacio
48:36idóneo, las universidades, y que
48:38sean consideradas en este debate
48:40que se está dando en este
48:41momento a nivel nacional, pero
48:43que también se dará en cada una
48:46de las entidades federativas para
48:49efecto de esta reforma, que
48:52podemos concluir es muy
48:53necesaria, pero que sí deberá de
48:56tener y mantener estándares muy
49:00importantes que aseguren una
49:02reforma exitosa para que
49:05realmente, pues, incida en
49:09beneficio de la calidad de vida
49:11de las personas, en poder acceder
49:13a este ideal de una justicia
49:15expedita, gratuita, imparcial.
49:19Pues le agradecemos mucho,
49:21maestro Alejandro Pacheco, la
49:23posibilidad de haber platicado
49:24con nosotros aquí, en Agenda
49:2613.1. Muchísimas gracias, buenas
49:28noches. Gracias, muy amable,
49:29buenas noches. Saludamos en la
49:30próxima emisión. Hasta pronto.
50:05Subtítulos realizados por la comunidad de Amara.org

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