Urdangarin hará voluntariado en una ONG en Madrid 2 días a la semana

  • hace 5 años
Valladolid, 17 sep (EFE).- El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León ha permitido, con la oposición del Ministerio Fiscal, que Iñaki Urdangarin pueda salir del centro penitenciario de Brieva (Ávila) dos días a la semana, ocho horas cada día, para llevar a cabo una labor de voluntariado en una ONG que trabaja con discapacitados y está ligada a una entidad religiosa en la Comunidad de Madrid.
Iñaki Urdangarin lleva en la prisión de Brieva, ubicada a diez kilómetros de Ávila, desde el 18 de junio del 2018, condenado a cinco años y diez meses de cárcel por malversación, prevaricación, fraude a la Administración, dos delitos fiscales y tráfico de influencias en el conocido como caso Nóos.
El juzgado de Vigilancia Penitenciaria ha estimado en el auto, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el recurso presentado por Urdangarin para poder realizar salidas y llevar a cabo un programa de atención especializada fuera del Centro Penitenciario de Ávila, al amparo del artículo 117 del Reglamento Penitenciario, en esta ONG, que se ha ofrecido a acoger al esposo de la Infanta Cristina.
Según este artículo, los internos clasificados en segundo grado de tratamiento que presenten un perfil de baja peligrosidad social y no ofrezcan riesgos de quebrantamiento de condena, podrán acudir regularmente a una institución exterior para la realización de un programa concreto de atención especializada, siempre que éste sea necesario para su tratamiento y reinserción social.
Además, recuerda el juez que Iñaki Urdangarin se encuentra en el "más absoluto aislamiento" -la cárcel de Brieva es para mujeres y él se encuentra en un modulo aislado-, algo que "no ha elegido como forma de cumplimiento, porque es algo que no está en su mano: se le ha impuesto", añade el auto.
Los penados que ingresan voluntariamente, como es el caso de Urdangarin, pueden elegir el establecimiento penitenciario concreto en los cuales comienza su reclusión. Basta con que se presenten en cualquiera de ellos, pero eso "ni remotamente significa que tengan la potestad o que quede a su voluntad elegir el centro penitenciario de cumplimiento", recuerda el juez.
El recurrente puede que haya elegido ingresar en la prisión de Ávila, que es un centro de mujeres, pero quien ha decidido que siga allí es la Administración, que es quien fija el centro de cumplimiento, advierte el juez.
Añade el auto que la pena no puede ser un elemento de "desestructuración de la persona, pues ello casaría mal, no ya solo con la finalidad de la reinserción sino que incluso chocaría con las más elementales normas de humanidad que deben inspirar el cumplimiento de las penas".
Y remata que las situaciones de aislamiento continuado e indefinido están proscritas en el ordenamiento penitenciario.


 
DECLARACIONES DE MARIO PASCUAL VIVES, ABOGADO DE IÑAKI URDANGARÍN

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