Constitución venezolana clarifica proceso de referendo revocatorio

  • hace 8 años
Según el artículo 72 de la constitución de Venezuela se deben cubrir varios requisitos para iniciar un proceso de referendo revocatorio en contra de un presidente; entre otros debe haber transcurrido la mitad de su gestión; un número no menor del 20 por ciento de los electores habilitados para votar por el Consejo Nacional Electoral pueden solicitar el inicio del procedimiento. teleSUR

Recomendada